Convocatoria para el Programa de Familias Solidarias Trevelin

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Dialogamos sobre la Convocatoria de FAMILIAS SOLIDARIAS en los estudios de  FM del Valle 99.9 con la Coordinadora de Servicios de Protección de Derechos, Lic. Melina Merelo para comprender el alcance y la importancia de sumar voluntades en el contexto de una crisis económica que afecta a muchos hogares hoy.

El Programa de familias solidarias tiene como fin la búsqueda de FAMILIAS DE ACOGIMIENTO TRANSITORIO Y TEMPORAL para niños, niñas y adolescentes (NNyA)  de la comunidad de Trevelin, evitando la institucionalización y priorizando el fortalecimiento de los vínculos familiares.

Pretende promover una creciente atención y fortalecimiento de la institución familiar, destacando la importancia que tiene para el desarrollo integral (bio-psico-social).

 

Así se brinda protección, asistencia y cuidado a NNyA de 0 a 18 años de edad, cuyos derechos se hayan amenazados y/o vulnerados, mediante un dispositivo de inclusión en grupos familiares responsables que le ofrezcan un ámbito adecuado para su desarrollo.

 

Objetivo general

Garantizar el desarrollo integral de los dentro de una familia, respetando el contexto cultural del mismo, promoviendo el restablecimiento de los vínculos con la familia de origen, cuando sea posible.

Objetivos específicos

– Buscar y evaluar familias solidarias para los NNyA de nuestra comunidad.

– Evitar la institucionalización.

– Supervisar, acompañar y dar seguimiento a los acogimientos que se inicien.

– Acordar pautas y compromisos a asumir tanto por la familia de origen, solidaria y el equipo técnico.

Cuidado de NNYA en su ámbito

El cuidado es un derecho que para hacerse efectivo requiere que otros asuman con responsabilidad la obligación de cuidar. Cada una de las instituciones sociales (familia, escuela, estado), tienen que garantizar que se lleve a cabo en condiciones de igualdad.

El cuidado supone:

. Protección y sostén para la continuidad de la vida y la constitución de la subjetividad.

. Provisión de alimento, abrigo, vivienda, salud, socialización, educación, t b recreación.

. Identificación del NNyA como semejante, es decir, como persona que requiere un contexto, un espacio y un tiempo para crecer y ser parte del mundo en el que le toca vivir, y al mismo tiempo reconocerlo como diferente, con sus propias cualidades, aspiraciones y necesidades.

. Reconocimiento y aceptación de sus posibilidades crecientes en todas las áreas en las que se expresa su crecimiento (motriz, lenguaje. Cognitiva, afectiva, social).

. Establecimiento de pautas de contención que propicien el desarrollo del pensamiento y la afectividad de NNyA y den lugar a acciones que favorezcan su constitución como sujeto.

. El cuidado de un NNyA no depende del género del adulto que cuida, sino del modo en que ese adulto/adultos, realizan la función de cuidado.

¿Quiénes integran la modalidad de cuidado familiar?

  • El NNyA alcanzado por la medida excepcional y su familia de origen.
  • La familia cuidadora-todos sus integrantes.
  • El organismo de aplicación de medidas de protección integrales.
  • La familia de origen con su problemática.

 

Modalidad de cuidado familiar

Se describe como modalidad de cuidado familiar a aquellos modos de alojamiento que proponen dinámicas de funcionamiento familiar.

Los modos de alojamiento son dos:

1)        Acogimiento abierto: cuando la familia solidaria comparte, con el NNyA actividades recreativas, lúdicas, de esparcimiento, escolares, etc. pautadas con días y horarios.

2)        Acogimiento regular: cuando la familia solidaria se dispone a recibir y convivir en su hogar con un NNyA, de manera transitoria y temporal.

 

Se requiere garantizar:

  • El respeto a la historia familiar, origen y cultura de cada NNyA.
  • La participación activa del NNyA en todo el proceso, escuchando sus opiniones y manteniéndolo informado, en función de su autonomía progresiva y su madurez suficiente.
  • La resolución de la situación que produjo la toma de la medida excepcional. 

La función de cuidado se concreta en un proyecto de restitución de los derechos vulnerados, en el menor tiempo posible para promover la reinserción de NNyA con su grupo familiar; caso contrario se avanzará con el proceso de adopción o a través de un proyecto autónomo.

 

El proyecto de restitución de derechos requiere ser conocido y contar con la participación de todos los actores del mismo (NNyA, familia de origen, familia cuidadora y actores del SPD) inclusive de las redes comunitarias.

    • Esta modalidad de cuidado requiere brindar la seguridad de un vínculo afectivo estable, aún en la transitoriedad que posibilite el establecimiento de relaciones confiables con los adultos convivientes y favorezca la construcción de lazos saludables con otros adultos.

 

Todos los miembros del grupo familiar requieren contar con constante soporte, acompañamiento y supervisión por parte del equipo técnico del organismo de aplicación.

Los adultos responsables del cuidado, tendrán que disponer de flexibilidad y permeabilidad en sus procesos de pensamiento, para afrontar los desafíos que supone el proyecto de restitución de derechos en el marco de la transitoriedad; aceptando la presencia y criterios del equipo técnico.

 

 

 

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